Atención Comunitaria de la Enfermedad Mental. Las personas con enfermedad mental crónica que reciben atención no hospitalaria en la CAPV. Recomendaciones del Informe del Ararteko (Defensor del Pueblo, País Vasco). |
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Capítulo 7.
recomendaciones (pág. 297-306).
1. Determinar
los derechos de las personas con enfermedad mental y las prestaciones mínimas,
sanitarias o no, que les corresponden
Las personas con trastorno mental crónico
tienen necesidades no sólo sanitarias, sino también de residencia, de ocupación,
de desarrollo personal, de integración social..., y para satisfacerlas deben
poder participar en los recursos de la sociedad. Sin embargo, su conocimiento de
los derechos de ciudadanía es escaso. Respecto a su propia salud, por ejemplo,
tienen un gran desconocimiento sobre el derecho a la información, al
consentimiento informado, a las alternativas terapéuticas, a la queja, a las
modalidades de ingreso hospitalario, a la confidencialidad... La falta de
especificación y de concreción de los derechos que les asisten constituye una
dificultad añadida a las que pueden derivarse de sus propias condiciones
personales.
Es necesario, pues, desarrollar normativas para el conjunto de nuestra
Comunidad Autónoma que fijen las prestaciones mínimas; que velen por los
principios de igualdad, coordinación y cooperación; y que eviten condiciones
de desigualdad en el acceso a los diferentes servicios, especialmente en
aquellos campos (como el sociosanitario) de menor concreción. Se trata de
superar la situación de unas personas que podrían considerarse simples
“solicitantes de ayudas discrecionales”, para ser consideradas como
ciudadanos que ejercen unos derechos reconocidos.
2. Clarificar
la responsabilidad de las diferentes instituciones y desarrollar el espacio
sociosanitario
En nuestra Comunidad, la asistencia sanitaria es competencia del Gobierno
Vasco, a través del Departamento de Sanidad y de Osakidetza/Servicio Vasco de
Salud, mientras que la atención social depende de las Diputaciones Forales y
Ayuntamientos. Ni en la legislación sanitaria, ni en la social se establecen
mecanismos de articulación o de coordinación entre ambos sistemas. La
descoordinación tiene consecuencias negativas: lagunas de atención,
solapamientos, peloteos, contradicciones, desequilibrios entre servicios,
duplicidades...
En los últimos años se han realizado algunos intentos para superar esta
situación por medio de acuerdos específicos entre el Departamento de Sanidad y
Osakidetza y las Diputaciones Forales. Es preciso desarrollar esas u otras vías
para clarificar las responsabilidades de las diferentes instituciones, y para
coordinar y articular el espacio sociosanitario.
El desigual reparto de recursos y las situaciones de carencia para
algunos sectores de población que no ven satisfechas algunas necesidades básicas,
producto en ocasiones del funcionamiento descoordinado de los servicios de
protección de la salud y de los servicios sociales, hace obligadas y urgentes
la definición y la articulación del espacio sociosanitario, desde su realidad,
sus necesidades y las alternativas posibles. En todo caso, es preciso lograr la
prestación coordinada de servicios sanitarios y servicios sociales a quienes
necesiten de ambos.
3. Mejorar
la coordinación entre los diferentes servicios sociales y sanitarios
En la respuesta a las necesidades de las personas con enfermedad mental
son muchos los servicios implicados. Es manifiesta la necesidad de coordinación
entre ellos -entre los servicios de atención primaria y los de salud mental,
entre los servicios intra y extrahospitalarios, entre los servicios públicos y
los promovidos por las asociaciones, con los servicios educativos, con los
servicios de mediación en la búsqueda de empleo...-. Coordinación para
mejorar la calidad de la respuesta a las necesidades.
La atención comunitaria y la integración de los enfermos mentales crónicos
deberán ser el resultado del compromiso de los servicios sociales, sanitarios y
del conjunto de la sociedad, y su desarrollo dependerá de una nueva cultura de
trabajo multidisciplinar y comunitario.
4. Elaborar
un plan de integración social
5. Reforzar
la red de recursos intermedios
En lo que respecta a los recursos de cuidados intermedios, la red
asistencial pública presenta todavía grandes deficiencias: déficit de
hospitales o centros de día, escasos programas de prevención, de promoción de
la salud y de rehabilitación, saturación de los programas de atención
ambulatoria... El déficit de estructuras intermedias es aún mayor en los
recursos relacionados con el empleo, la formación o la vivienda.
Al mismo tiempo, existe un consenso sobre la necesidad y la utilidad de
las estructuras intermedias: hospitales o centros de día, talleres, comunidades
terapéuticas, pisos protegidos, centros ocupacionales, clubes... Se trata de
instrumentos indispensables para desarrollar procesos de desinstitucionalización
de personas que están en los hospitales psiquiátricos, y para complementar las
intervenciones realizadas en los centros de salud mental o en unidades de
hospitalización de corta estancia.
El reforzamiento de la red, tanto de los servicios públicos como de los
promovidos por diferentes asociaciones, exige un incremento presupuestario en
consonancia con el aumento creciente de demandas respecto a este tipo de
servicios.
6. Incrementar
los servicios destinados específicamente a la población de menores
-
la insuficiencia (en el caso de estructuras intermedias, la inexistencia)
de los recursos destinados a la atención psiquiátrica de la infancia y
adolescencia;
-
la necesidad de programas de atención temprana, centros de día,
programas ocupacionales... para las personas afectadas por autismo;
-
la respuesta insuficiente a “nuevas” y crecientes necesidades, como
las derivadas de los trastornos de la alimentación (anorexias y bulimias)...
7. Aumentar
los recursos residenciales para las personas mayores
El envejecimiento de la población, y también el avance de la edad de
los actuales pacientes crónicos, tiene como consecuencia la reducción en el
nivel de autonomía y la aparición de problemas físicos añadidos, requiriendo
cuidados especiales y servicios para el cuidado y protección de estas personas.
En estos momentos de difícil acceso a recursos residenciales para la tercera
edad, es urgente concentrar esfuerzos y potenciar iniciativas públicas y
privadas para la creación de residencias protegidas y hogares con distintos
grados de supervisión según las necesidades.
8. Garantizar
la continuidad de los cuidados y la atención integral
9.
Dedicar una mayor atención a la prevención y promoción de la salud
mental
10. Garantizar
el acceso a la rehabilitación
Es preciso articular el espacio sociosanitario para garantizar el acceso
a la rehabilitación, tanto social como terapéutica, a las personas que la
necesitan. Así:
-
En el aspecto terapéutico: los centros de salud mental deben disponer de
posibilidades para desarrollar atención psicoterapéutica que complemente los
abordajes farmacológicos. Deberán disponer de hospitales de día suficientes
para las personas más graves, y de otros recursos psicoterapéuticos (grupo,
familia, etc.) y de programas de psicoterapia individual (siempre con protocolos
de priorización, objetivos concretos y limitación temporal).
-
En el aspecto social: los servicios sociales deben proporcionar apoyo
para frenar procesos de marginación y exclusión social. Programas de rentas mínimas,
pensiones no contributivas, valoración de minusvalías, apoyo al movimiento
asociativo con el fin de que desarrolle programas y servicios que puedan cubrir
las necesidades de alojamiento. Capacitación para habilidades de vida diaria,
formación ocupacional y profesional, mediación en la búsqueda de empleo
ordinario, promoción de empresas de economía social y talleres de empleo
especial. Actividades de tiempo libre (deporte, cultura, relaciones sociales,
etc.). Y contar con las plazas suficientes en cada una de estas áreas para una
efectiva desinstitucionalización.
11. Programas
de apoyo a la red natural
Un
modelo efectivamente comunitario, además de favorecer los sistemas de apoyo
social para los enfermos crónicos y adecuar la coordinación entre las áreas
de los servicios sociales y los sanitarios, ha de potenciar los apoyos
comunitarios provenientes de organizaciones no gubernamentales como las
asociaciones, fundaciones, cooperativas, etc., y contar con la iniciativa de los
usuarios, las familias y el voluntariado social.
Los
tratamientos de estimulación precoz, el apoyo del grupo de iguales mediante el
asociacionismo, los equipos de salud mental de apoyo, los programas de respiro
familiar y de ayuda domiciliaria, los centros de día y programas de acompañamiento...
son recursos que favorecen la integración comunitaria de las personas con
retraso mental.
Tanto
las familias (especialmente, las mujeres que son las cuidadoras principales),
como las asociaciones ayudan a la satisfacción de las necesidades básicas de
estas personas y deben ser apoyadas desde las instituciones, con programas y
servicios de respiro, asistencia domiciliaria, ayudas económicas...
12.
Control y evaluación de la calidad de los servicios
Se
requiere, pues, el compromiso de las administraciones públicas no sólo para la
financiación, sino también para la planificación y la evaluación de los
recursos y prestaciones, como elementos necesarios para garantizar la calidad y
la equidad de la atención a la salud mental.
13. Sensibilización
social acerca de las personas con enfermedad mental
Todavía
existe entre nosotros un estigma que acompaña a las personas enfermas mentales
y, en ocasiones, a sus familias y que se manifiesta en comportamientos de
rechazo y de segregación. Este estigma, a veces, es reforzado por el
tratamiento sensacionalista de determinadas noticias en algunos medios de
comunicación.
Es
necesario prevenir y combatir prejuicios y estereotipos que favorecen el rechazo
o la exclusión de las personas con enfermedad mental. Para ello sería
conveniente poner en marcha campañas de sensibilización dirigidas a la población
general, con el objetivo de presentar a las personas con trastornos mentales tal
y como son. Mostrar la parte positiva que nunca es “noticia”, transmitir que
son igual es que el resto de las personas, con los mismos problemas e ilusiones,
pero que soportan mayor sufrimiento psíquico que el resto y mayores niveles de
intolerancia social, utilizar una terminología o un enfoque menos
estigmatizador en el tratamiento de noticias...
14.
Incrementar las posibilidades reales de integración social mediante el trabajo
La
lucha contra la exclusión social o, dicho de otro modo, la integración social
de estas personas exige promover las ofertas de empleo y las posibilidades
reales de participar en los recursos comunitarios normalizados.
La
mayor parte de las críticas y propuestas de profesionales y familiares se
orienta hacia la creación de más puestos de trabajo para este colectivo, que
se cumpla la Ley de integración social de los minusválidos, y que las ayudas
económicas sean más adecuadas al nivel de vida, ya que, en la actualidad, sólo
un enfermo mental que tenga el soporte de su familia puede salir adelante en
unas condiciones dignas de calidad de vida. Para un enfermo mental sin familia
no es posible ser autónomo. Falta la mejora de contratos especiales para esta
población, de tal modo que se permita conciliar, en aras de la especial
protección de este sector, el trabajo retribuido con la vida familiar o el
cuidado de las personas dependientes. La reforma del mercado de trabajo a través
de la creación de puestos de inserción es, así mismo, necesaria.
Es
necesario, también, garantizar la aplicación estricta de la Ley en cuestiones
como la obligatoriedad de las empresas mayores de 50 trabajadores de reservar un
2% de sus empleos a personas con discapacidad.
15. Promover
la creación de fundaciones tutelares
Es
preciso mejorar la situación jurídica del incapacitado ante la ausencia de
familiares. Hay que determinar mejor cuál es la situación y la naturaleza jurídica
de los guardadores de hecho y de la tutela, promover instituciones familiares y
de tutela social, siempre que se cumplan todos los requisitos y garantías
establecidos, potenciar que la familia recurra subsidiariamente a la tutela
judicial para el caso de fallecimiento del familiar-tutor de la persona
incapacitada.
16. Mejorar
las garantías de las personas con enfermedad mental en los procedimientos
judiciales de incapacitación
Desde
esta perspectiva, los procesos de incapacitación deben ser agilizados, para lo
que puede ser necesario que los juzgados y tribunales se doten de medios
personales y materiales especializados, en orden a una mejor garantía de la
protección jurídica de las personas con enfermedad mental.
Por
otra parte, en la aplicación de las normas procesales y del propio Código
Civil no se debe perder de vista que las personas con enfermedad mental son
titulares de derechos y que la incapacitación sólo debe afectar a los
estrictamente necesarios para la protección que se pretende.
17.
Facilitar la rentabilidad del patrimonio del incapaz
Es
necesario asegurar, en lo posible, la rentabilidad de los patrimonios de los
incapaces con sistemas financieros que satisfagan las necesidades de los
discapacitados: ampliación de los planes de pensiones especiales para personas
con una discapacidad que suponga la necesidad de una tercera persona para su
asistencia diaria o que estén en situación de especial vulnerabilidad... En
este sentido, existen figuras que podrían dar mucho juego, como son la
autotutela, las fundaciones de asistencia singular, la tutela familiar, el
fideicomiso, la reversibilidad de patrimonio del incapaz para la familia en caso
de fallecimiento de éste o el aprovechamiento de algunas figuras del Derecho
Foral.
18.
Apoyo económico y mejora del tratamiento tributario
A
la vista de los distintos tributos, se puede señalar que si bien en términos
generales la normativa establecida en torno a la figura del discapacitado en los
distintos territorios es coincidente, resulta en su conjunto mejorable, siempre
desde el objetivo de plena integración que persiguen. Esta situación ha sido
planteada por la institución del Ararteko en recomendaciones anteriores (cfr.
recomendación general nº 8 en el Informe anual de 1999).
En
este sentido, sin olvidar los evidentes logros que bajo cualquier punto de vista
se han alcanzado, desde la perspectiva tributaria, en el camino hacia la
equiparación de oportunidades del colectivo de personas con discapacidad,
podemos afirmar que, hoy por hoy, las normas tributarias vascas otorgan a éstas
un tratamiento menos beneficioso en su conjunto que las disposiciones aplicables
en el resto del Estado. Precisamente, cuando la modificación del Concierto Económico,
operada a raíz de la Ley 38/97, de 4 de agosto, otorga a las instituciones de
los territorios históricos una autonomía normativa de la que carecían hasta
ese momento, fundamentalmente en el IRPF, que les permitiría, si no adelantarse
en términos de innovación legislativa, sí equipararse a las normas vigentes
en Territorio Común.
Así,
por ejemplo, los tutores respecto de su tutelado-persona con discapacidad, y
quienes por acogimiento legal dictado por resolución administrativa o judicial
tengan encomendada la guarda de las personas con discapacidad, salvo que en
ambos casos tal función se realice por razón de cargo profesional o
administrativo, debieran ser equiparados en cuanto a ventajas fiscales con los
propios progenitores. En el IRPF, la deducción por discapacidad debiera hacerse
extensiva a los parientes colaterales y demás personas que convivan con el
sujeto pasivo, siempre que acrediten su condición legal de minusválidos, e
independientemente de que no alcancen los 65 años de edad, de igual forma que
debiera restaurarse la deducción por gastos de enfermedad para todos aquellos
que traigan causa en la discapacidad del sujeto pasivo. En materia de impuestos
indirectos, como el IVA, debiera considerarse la aplicación del tipo
superreducido o, al menos, el reducido del impuesto para las entregas de todos
aquellos bienes y la prestación de todos los servicios que, bien por su propia
naturaleza, bien por acreditación suficiente del adquirente, están dirigidos a
suplir las deficiencias de las personas con discapacidad.