ARARTEKO. Informe al Parlamento Vasco, 2000. p. 77-85
© ARARTEKO
D.L.: VI-112/2001.
Texto completo en: http://www.ararteko.net/webs/iordinarios/ord2000C.pdf
1.2. INFORME EXTRAORDINARIO
SOBRE LA ATENCIÓN COMUNITARIA
DE LA ENFERMEDAD MENTAL EN LA CAPV
• En el año 2000 se finalizó el trabajo de investigación sobre la
atención comunitaria
que se ofrece en nuestra Comunidad a las personas con enfermedad mental.
Ya se
adelantaban su enfoque y sus objetivos en el informe del año pasado (cfr.
apartado
1.4.).
El informe extraordinario del Ararteko fue hecho público y entregado al
Presidente
del Parlamento Vasco el 19 de junio, y fue debatido en la Comisión de
Derechos
Humanos y Solicitudes Ciudadanas el pasado 26 de octubre. Fue objeto,
también,
de una comparecencia, a petición propia, del Consejero de Sanidad ante la
Comisión
de Sanidad del Parlamento, el pasado 16 de noviembre.
Al tratarse de un informe ya publicado, nos limitaremos aquí a presentarlo,
destacar
los elementos de preocupación que consideramos más importantes y recordar
las
recomendaciones efectuadas en él.
• Ya en 1992 el Ararteko abordó, con carácter monográfico, la
problemática de las
personas con enfermedad mental, y presentó ante el Parlamento el informe
titulado
Los
Psiquiátricos. Situación de los enfermos mentales en los hospitales
psiquiátricos.
Así pues, el nuevo informe es un complemento y una continuación
actualizada
de aquél, centrado esta vez no en la atención hospitalaria, sino en la
atención
extrahospitalaria y comunitaria a estas personas. Téngase en cuenta que,
durante los
últimos quince años, en el País Vasco, al igual que en otros ámbitos
cercanos, se ha
realizado una importante reforma de la asistencia psiquiátrica, que ha
buscado la
desinstitucionalización de las personas con enfermedad mental y una mayor
respuesta
a sus necesidades en el ámbito comunitario, fuera de los hospitales
psiquiátricos.
El informe responde, claramente, a la preocupación de la institución del
Ararteko
por los colectivos especialmente vulnerables, motivo principal y
denominador común
de la inmensa mayoría de los anteriores informes extraordinarios. Las
personas
con enfermedad mental constituyen, sin duda, un colectivo de especial
vulnerabilidad.
Con frecuencia no conocen sus derechos o no están en condiciones de
exigirlos
o demandarlos. Muchas veces son sus familias -o las asociaciones de
familiares quienes
asumen su defensa y canalizan sus demandas hacia la sociedad y las
instituciones.
La relación y la colaboración permanentes que durante estos años ha
mantenido
la institución del Ararteko con muchas de las asociaciones de familiares
de
enfermos mentales nos ha permitido no sólo conocer mejor sus problemas,
sino
también admirar su coraje y compromiso. Escuchar y comprender sus
problemas ha
sido, también, un motivo más para abordar el trabajo.
Existe un consenso generalizado respecto a que los procesos de
desinstitucionalización,
como el llevado a cabo en nuestra Comunidad, requieren un nuevo modelo de
atención
en el que la participación social, la tolerancia, las respuestas
individualizadas, la
continuidad de los cuidados, o la corresponsabilidad y la coordinación
entre los diferentes
sectores y servicios son condiciones indispensables para garantizar la
calidad
de la atención.
Por ello, conforme a las funciones encomendadas al Ararteko, el objetivo
del trabajo
realizado ha sido el de analizar globalmente la situación actual y las
necesidades de
las personas con enfermedades mentales crónicas que viven en la Comunidad
Autónoma,
y las de su entorno familiar, así como valorar, desde la perspectiva de
los
derechos, la respuesta institucional y social que reciben. El informe
trata de responder
a cuestiones básicas como éstas: ¿Cuáles son las condiciones de vida de
las
personas con trastorno mental de nuestra Comunidad? ¿Cuáles son sus
necesidades
y las de su red de apoyo? ¿Qué colectivos, entre estas personas,
presentan mayores
carencias? ¿Cuál es la respuesta institucional que se está dando a sus
necesidades?
¿Son suficientes los recursos comunitarios? ¿Existen grupos determinados
con dificultades
de acceso a los recursos? ¿La normativa jurídica que afecta a estas
personas
sirve para la protección de sus derechos?...
Para ello, se ha dado prioridad a determinados colectivos y cuestiones:
- A las personas con trastorno mental crónico que viven en nuestra
Comunidad, a
sus condiciones de vida y de autonomía, al conocimiento, utilización y
satisfacción
que manifiestan respecto a los recursos de atención comunitaria
existentes.
- A las personas que les ayudan a mantenerse en la comunidad,
generalmente mujeres
familiares, para conocer sus cargas de trabajo, sus necesidades, el uso y
la
valoración que hacen de los recursos.
- A las instituciones, organizaciones y asociaciones que impulsan o
gestionan los
servicios de atención comunitaria, para conocer sus políticas, sus
objetivos, sus
programas…
- A la oferta actual de servicios sociales y sanitarios, no
hospitalarios.
- A los aspectos jurídicos que afectan directamente al ejercicio de los
derechos de
las personas con enfermedad mental.
La estructura y contenidos del informe responden, en gran medida, a estas
prioridades.
Respecto a la metodología utilizada, conviene señalar, brevemente, tres
cuestiones:
el esfuerzo realizado en la recogida de información, las limitaciones
introducidas en
el propio diseño del trabajo, y las dificultades encontradas para ofrecer
datos fiables
y poder valorar determinadas situaciones:
- El esfuerzo de recogida de información ha sido importante y ha supuesto
numerosas
entrevistas con personas representativas de los diferentes colectivos
implicados:
405 personas con trastorno mental crónico (una muestra representativa del
conjunto que ha tenido en cuenta los diferentes géneros, edades,
diagnósticos,
cronicidad y lugares de residencia de estas personas), numerosas personas
que
actúan como “cuidadoras principales” (la mayoría de ellas mujeres, madres
que
llevan muchos años cuidando a sus hijos enfermos), personas que realizan
tareas
de dirección en diferentes instituciones o servicios (administraciones
públicas, centros
de salud, asociaciones de familiares, de usuarios o de apoyo,
Administración
de justicia, Ertzaintza), 84 profesionales de la atención... El informe
trata de recoger
las diferentes aportaciones de cada colectivo y permite apreciar las
coincidencias
-que son muchas- y también las visiones particulares, destacando aquellos
elementos que exigen mejora.
- Sin embargo, a pesar la amplitud del trabajo realizado y sobre todo por
cuestiones
metodológicas, ha habido que establecer algunas limitaciones que conviene
recordar.
Así, por ejemplo, en la muestra de personas con trastornos mentales que
se
ha de entrevistar no se ha incluido al colectivo con problemas de
drogadicción (no
alcohólicos), o al de menores de edad. A pesar de ello, en ocasiones el
informe
aborda la problemática de estos colectivos de forma específica, o destaca
su importancia
o sus condiciones particulares. Téngase en cuenta que en la Comunidad
Autónoma del País Vasco, de acuerdo con su población y según diferentes
estimaciones,
puede haber entre 20.000 y 100.000 personas con trastorno mental
crónico. El trabajo ha optado por analizar en profundidad la problemática
de una
muestra representativa de ellas.
- Respecto a los problemas encontrados en la elaboración del informe, han
sido
numerosos. Así, por ejemplo, la complejidad de las redes de atención y la
implicación
de diferentes administraciones y asociaciones dificultan la obtención de
una visión global del sector; tampoco ayuda la inexistencia de una
terminología
unívoca respecto a los recursos comunitarios (ello explica la inclusión
en el informe
de un primer capítulo terminológico); no siempre se han podido obtener
datos actualizados, comparables y suficientemente fiables… Pero, tal vez,
la
dificultad principal se haya encontrado en la ausencia, frecuente, de
criterios
que permitan valorar una determinada situación. Ello ha obligado a
utilizar, según
los casos, criterios de valoración muy diferentes: los establecidos por
la
propia Administración como objetivos -en los casos en que existen-, los
criterios
fijados por organismos internacionales, los señalados como óptimos por
otras
comunidades autónomas… En otros casos ha habido que recurrir a la simple
comparación de datos entre territorios históricos, o con otras
comunidades o
regiones del entorno europeo… Nada de esto resulta necesario cuando
existen
planes institucionales de intervención que fijan, con claridad y
concreción, objetivos,
plazos e indicadores de evaluación.
El cuerpo central del informe lo constituyen los resultados básicos de la
investigación:
- la descripción de la red actual de atención extrahospitalaria, tanto
pública como
del movimiento asociativo;
- la visión y valoración ofrecida por los diferentes colectivos
(usuarios, familiares,
profesionales…);
- las principales conclusiones extraídas;
- los aspectos jurídicos con mayor incidencia directa en la problemática
de estas
personas.
No entraremos aquí en ninguna de estas cuestiones, pero sí destacaremos
los elementos
de preocupación, especialmente significativos, desde una perspectiva
garantista.
• Al margen de los datos concretos y de las visiones particulares
ofrecidas por uno o
por otro colectivo, conviene destacar algunos elementos que aparecen en
el informe
de forma clara y reiterada y que, desde una perspectiva garantista de los
derechos,
son especialmente significativos. Éstas son, pues, las nueve cuestiones
que, desde la
perspectiva del Ararteko, nos parecen de especial transcendencia y en las
cuales, a
criterio de esta institución, resulta necesario introducir mejoras
significativas.
1.La necesidad de
adecuar necesidades de estas personas, derechos que
les corresponden y
medios para garantizar sus derechos
Las personas con trastorno mental crónico viven, en general, en peores
condiciones
que el conjunto de la población: tienen, por ejemplo, bajos niveles de
ingresos
y de ocupación laboral (el 25% de la muestra tiene unos ingresos
mensuales de
menos de 39.000 ptas.; el 23% cobra pensiones asistenciales; sólo una de
cada
cuatro tiene algún tipo de ocupación laboral…), tienen peor salud,
relaciones
sociales más limitadas (sobre todo las personas de más edad y de mayor
cronicidad),
una vida menos autónoma y satisfactoria... Sus necesidades no son sólo
sanitarias,
sino también de residencia, de ocupación, de desarrollo personal, de
integración
social...
Tienen iguales derechos a participar en los recursos de la sociedad. Sin
embargo,
su conocimiento de los derechos de la ciudadanía es escaso. Respecto a su
propia
salud, por ejemplo, tienen un gran desconocimiento sobre el derecho a la
información,
al consentimiento informado, a las alternativas terapéuticas, a la queja,
a
las modalidades de ingreso hospitalario... Al margen de sus condiciones
personales,
tampoco ayuda a ello la falta de especificación y de concreción de los
derechos
que les asisten.
Estas personas raramente demandan servicios. Se adaptan a los programas y
servicios que se les ofrecen. De ahí la importancia de que los medios,
los recursos
sean suficientes y adaptados a sus necesidades: asistencia en períodos de
crisis,
progresivo envejecimiento de la población, recursos residenciales... En
lo que se
refiere a los servicios de atención comunitaria, el informe pone de
manifiesto la
extensión y gran utilización de algunos (por ejemplo, los centros de
salud mental),
el desconocimiento de otros (centros de empleo especial, programas de
enfermería,
clubes de tiempo libre), y la inexistencia o insuficiencia de otros
(recursos de
psicoterapia, rehabilitación, estructuras intermedias para menores...).
Así pues, con frecuencia no existe una correlación suficiente o una
adecuación
entre las necesidades de estas personas, sus derechos y los recursos
necesarios
para garantizar, en la práctica, tales derechos.
2.La necesidad de
clarificar las responsabilidades y desarrollar el llamado
“espacio
sociosanitario”
En el caso de las enfermedades crónicas, el objetivo no es la curación
sino el
cuidado, el fomento de la autonomía, la prevención del deterioro... Se
trata de
cubrir necesidades sanitarias (atención médica, tratamiento,
rehabilitación...), pero
también otras: de alojamiento, de alimentación, de capacitación cultural
o profesional,
de integración social... Así, lo social y lo sanitario van en muchas
ocasiones
de la mano a la hora de abordar los problemas de las personas afectadas.
El
llamado “espacio sociosanitario” es esa zona de encuentro en la respuesta
a estos
problemas.
En nuestra Comunidad, como es bien sabido, la asistencia sanitaria es competencia
del Gobierno Vasco, mientras que la atención social depende de las
diputaciones
forales y de los ayuntamientos. Ni en la legislación sanitaria ni en la
social se
establecen mecanismos de articulación o de coordinación entre ambos
sistemas.
La descoordinación, si se da, tiene claras consecuencias negativas:
lagunas de
atención (prestaciones de las que nadie se responsabiliza),
solapamientos, contradicciones,
desequilibrios entre servicios, duplicidades...
En los últimos años se han dado algunos intentos para superar esta
situación por
medio de acuerdos específicos entre el Departamento de Sanidad-Osakidetza
y
las diputaciones forales. El contenido del informe viene a reforzar la
necesidad de
clarificar las responsabilidades de las diferentes instituciones, y de
coordinar y
desarrollar el espacio sociosanitario.
3.La necesidad, de
coordinación entre las diferentes redes y servicios de
atención
No siempre la mejora de la atención exige nuevos recursos. A veces, la
calidad de
la respuesta depende de la coordinación y el mejor aprovechamiento de
recursos
que ya existen: de su definición (más o menos clara), de su organización
(más o
menos eficiente), de su enfoque, de lo acertado de sus programas, de los
mecanismos
de colaboración...
En el anterior apartado se acaba de apuntar la necesidad de coordinar
servicios
sanitarios y servicios sociales. Pero ésta no es la única coordinación
necesaria. En
la respuesta a las necesidades de estas personas son muchos los servicios
implicados.
El informe pone de manifiesto la necesidad de coordinación entre ellos:
entre
los servicios de atención primaria y los de salud mental, entre los
servicios intra y
extrahospitalarios, entre los servicios públicos y los promovidos por las
asociaciones,
con los servicios educativos, con los servicios de mediación en la
búsqueda de
empleo... Evidentemente, aquí la coordinación se plantea con carácter
meramente
instrumental: se trata de mejorar la calidad de la respuesta a las
necesidades.
La dependencia orgánica de unos y otros servicios a diferentes
administraciones,
la indefinición de funciones o campos de actuación entre diferentes
equipos, la
falta de planificación y de evaluación, o a la ausencia de mecanismos de
participación
en los programas relacionados con la salud mental son algunos de los
problemas
que el informe recoge en relación con las necesidades de coordinación
entre
servicios. La recomendación de esta institución de elaborar un plan de
integración
social para este colectivo responde, claramente, a estos problemas.
4.Las carencias
manifiestas en cuanto a recursos intermedios
Tal vez sea ésta una de las cuestiones sustanciales de este informe que
puede
resultar más conflictiva y en la que más hemos notado la ausencia de
criterios de
valoración prefijados, tal y como se ha señalado anteriormente.
Existe un consenso pleno sobre la necesidad y la utilidad de estructuras
intermedias:
hospitales o centros de día, talleres, comunidades terapéuticas, pisos
protegidos,
centros ocupacionales, clubes... Todo el mundo los considera instrumentos
indispensables para desarrollar procesos de desinstitucionalización de
personas
que están, o estaban, en los hospitales psiquiátricos, y para
complementar las
intervenciones realizadas en los centros de salud mental o en unidades de
hospitalización
de corta estancia. Su no existencia supone, de hecho, cargar a las
familias
con todo el peso de la atención.
En nuestro caso, en muchas ocasiones este tipo de recursos no ha surgido
de la
iniciativa sanitaria, ni de los servicios sociales, sino de las
asociaciones de familiares
u otras asociaciones. En la actualidad son insuficientes en número
(listas de
espera, escaso tiempo de atención, zonas sin recursos), y muchos de ellos
presentan
problemas en la dotación de recursos humanos y materiales, y cuentan con
escasos presupuestos...
En esta cuestión existe una gran diferencia entre unos territorios y
otros. No
obstante, en términos globales, los datos y las valoraciones recogidas en
el informe
ponen de manifiesto el desbordamiento actual de los servicios, la
incapacidad
de dar respuesta satisfactoria a las necesidades y demandas.
En lo que respecta concretamente a recursos de cuidados intermedios, la
red
asistencial pública presenta todavía grandes deficiencias: déficit de
hospitales o
centros de día, escasos programas de prevención, promoción de la salud y
rehabilitación,
saturación de los programas de atención ambulatoria... El déficit de
estructuras
intermedias es aún mayor en los recursos relacionados con el empleo, la
formación, o la vivienda y los alojamientos.
5.La existencia de
colectivos con dificultades particulares y especiales
problemas de atención
El informe analiza las necesidades del colectivo de personas con
enfermedad mental
crónica, en general, pero plantea también las dificultades particulares
de algunos
colectivos. Además, permite conocer la problemática específica de
diferentes grupos
de personas según su género, edad, diagnóstico o lugar de vida (que son
algunas de las variables consideradas). Es claro que no todos los
colectivos tienen
las mismas oportunidades de acceder a los recursos comunitarios. En este
sentido,
llama la atención:
- la insuficiencia (en el caso de estructuras intermedias, la
inexistencia) de los
recursos destinados a la atención psiquiátrica específica de la infancia
y adolescencia;
- la necesidad de programas de atención temprana, centros de día,
programas
ocupacionales, unidades de atención en crisis, programas de respiro...
para las
personas afectadas por autismo. Una situación paliada, en parte, por la
red de
recursos propios que han ido creando las asociaciones de las propias
familias
afectadas;
- la respuesta insuficiente a “nuevas” y crecientes necesidades, como las
derivadas
de los trastornos de la alimentación (anorexias y bulimias).
En los tres casos señalados (anorexia y bulimia, autismo y, en general,
atención
psiquiátrica infantil) existe un denominador común: se trata de personas
mayoritariamente menores de edad o jóvenes. El informe dedica apartados
específicos
a estos colectivos.
Hay, además, otros grupos de población con dificultades particulares para
el acceso
real a los servicios de atención existentes en el ámbito comunitario:
- las personas que viven en el medio rural o que no residen en los
grandes
núcleos de población, donde se centralizan la inmensa mayoría de los
recursos;
- las personas que no tienen domicilio fijo y que sobreviven en la
pobreza;
- las personas de origen extranjero que no han conseguido regularizar su
situación
administrativa, o aquellas que pertenecen a minorías étnicas;
- las personas que permanecen ingresadas en las cárceles.
Durante los últimos años, y en informes anteriores, el Ararteko ha
llamado la
atención repetidamente acerca de la situación de algunos de estos
colectivos especialmente
desfavorecidos de nuestra sociedad y sobre sus necesidades de atención
sociosanitaria.
6.Las necesidades de
apoyo a la red natural
La mayoría de las personas con trastornos mentales crónicos viven con sus
familias.
En la muestra de personas entrevistadas vivían con sus familias casi el
80%;
también hay quienes viven solas o en pensiones. Muchas de estas familias
están
asociadas para hacer frente a sus necesidades comunes. Se estima en unas
8.000
las personas que forman parte de diferentes asociaciones de afectados por
algún
trastorno mental en el País Vasco. Existen también asociaciones de
autoayuda,
fundaciones tutelares... Nos encontramos, pues, ante un mundo asociativo
notablemente
desarrollado y muy diverso.
Los datos recogidos en el informe permiten apreciar esta riqueza y diversidad,
y
plantean cuestiones sobre los criterios de financiación institucional de
estas asociaciones
(totalmente diferentes según se trate de unos colectivos u otros, o de
unos territorios u otros), o sobre las responsabilidades que están
asumiendo respecto
a la prestación de servicios, a veces, en condiciones precarias.
Tanto las familias (especialmente las mujeres, que son las cuidadoras
principales),
como las asociaciones ayudan a la satisfacción de las necesidades básicas
de estas
personas y deben ser apoyadas desde las instituciones con programas y
servicios
de respiro, asistencia domiciliaria, ayudas económicas...
7.Las limitaciones en
el control y la evaluación de la calidad de los servicios
que se ofrecen
La insuficiencia de recursos, el que estos existan o no existan, es
simplemente un
elemento cuantitativo; no cualitativo. Pero, incluso respecto a los
servicios más
extendidos y con mayor cobertura y utilización, como los centros de salud
mental,
existe un gran número de quejas en las que coinciden los diferentes
colectivos:
saturación de los centros, escaso tiempo de dedicación a los pacientes,
cambios
en el personal y, por tanto, en la continuidad de la relación, excesivo
uso de
psicofármacos, reducción de las intervenciones psicoterapéuticas o de
rehabilitación,
escasa dedicación al autoapoyo y a las familias...
No parece que exista todavía una evaluación cualitativa y sistemática de
los servicios
que se ofrecen. Evaluación más difícil, aun cuando se trate de servicios
en los
que la delimitación de funciones o la responsabilidad de cada parte no
esté clara.
La necesidad de control y de evaluación por parte de las instituciones es
aún más
necesaria en situaciones en las que no existe el apoyo familiar de estas
personas. Así,
por ejemplo, respecto a las condiciones de los alojamientos (pensiones,
pisos) en los
que viven personas con enfermedad mental y sin ningún apoyo familiar, o a
las condiciones
de tutela...
8.La necesidad de
trabajar la sensibilización social y de mejorar la integración
social de estas
personas
Todavía hoy existe entre nosotros un estigma que acompaña a las personas
enfermas
mentales y, en muchas ocasiones, a sus familias y que se manifiesta en
comportamientos
de rechazo y de segregación. Este estigma, a veces, es reforzado
por el tratamiento sensacionalista de determinadas noticias en medios de
comunicación.
El informe recoge ejemplos significativos sobre las consecuencias
negativas de
esta situación: muchas de las personas con enfermedad mental crónica
(especialmente
las más mayores y las que llevan más años de enfermedad) solamente se
relacionan con su propia familia o con otras personas en su misma
situación, sus
posibilidades de acceso a la formación y al trabajo, sobre todo a un
trabajo normalizado,
son muy reducidas...
La lucha contra la exclusión social o, dicho de otro modo, la integración
social de
estas personas exige trabajar sistemáticamente y con decisión en la
sensibilización
del conjunto de la sociedad. Exige también promover las ofertas de empleo
-
principal vía de inserción- y las posibilidades reales de participar en
los recursos
comunitarios normalizados.
9.La necesidad de una
mejor regulación jurídica de determinadas situaciones
El informe incluye, en capítulo aparte, un estudio jurídico sobre la
manera en que
el ordenamiento regula determinadas situaciones en las que se pueden
encontrar
algunas personas con enfermedad mental, y se analizan también otras en
las que
la respuesta que puede ofrecer el Derecho no siempre es fácil, por la
necesidad de
que las medidas para garantizar la protección de la salud sean
respetuosas con
otros derechos de estas personas. Nos referimos a cuestiones como los
procesos
de incapacitación, el consentimiento informado, el internamiento
psiquiátrico en
contra de su voluntad, la imputabilidad penal…
El estudio realizado recoge la opinión manifestada por varios servicios,
asociaciones,
órganos judiciales o profesionales vinculados directamente con esta
población
(abogados, personal de los juzgados, ertzainas, servicios de orientación
de los
detenidos…) Se trata, sin duda, de temas muy complejos, de gran
transcendencia
para estas personas y para sus familias, y que desbordan en muchos casos
el
campo competencial en el que debemos movernos. De ahí que, tras el
análisis de
la situación, el informe se limite a proponer algunas medidas que sirvan
para una
mejor garantía de los derechos de los enfermos, dirigidas a paliar las
situaciones
de indefensión en las que se pueden encontrar ellos, y también las
personas responsables
de ellos.
• Una vez planteados los nueve aspectos que parecen más preocupantes
desde una
perspectiva garantista, como le corresponde a la institución del
Ararteko, el informe
efectúa una serie de propuestas de mejora, de recomendaciones dirigidas a
las instituciones
competentes. Nos limitaremos aquí a reproducir el enunciado (el título)
de
las 18 recomendaciones del informe:
- Determinar los derechos de las personas con enfermedad mental y las
prestaciones
mínimas, sanitarias o no, que les corresponden
- Clarificar la responsabilidad de las diferentes instituciones y
desarrollar el espacio
sociosanitario
- Mejorar la coordinación entre los diferentes servicios sociales y
sanitarios
- Elaborar un plan de integración social
- Reforzar la red de recursos intermedios
- Incrementar los servicios destinados específicamente a la población de
menores
- Aumentar los recursos residenciales para las personas mayores
- Garantizar la continuidad de los cuidados y la atención integral
- Dedicar una mayor atención a la prevención y promoción de la salud
mental
- Garantizar el acceso a la rehabilitación
- Programas de apoyo a la red natural
- Control y evaluación de la calidad de los servicios
- Sensibilización social acerca de las personas con enfermedad mental
- Incrementar las posibilidades reales de integración social mediante el
trabajo
- Promover la creación de fundaciones tutelares
- Mejorar las garantías de las personas con enfermedad mental en los
procedimientos
judiciales de incapacitación
- Facilitar la rentabilidad del patrimonio del incapaz
- Mejorar el tratamiento tributario respecto a estas personas (en línea
con Informe
Anual 1999, recomendación nº 8)